La retroalimentación en la escuela

La retroalimentación es un proceso esencial en la enseñanza y el aprendizaje, en el cual el profesor proporciona información y orientación a los estudiantes sobre su desempeño y progreso en relación con los objetivos de aprendizaje establecidos (Hattie & Timperley, 2007). La retroalimentación efectiva es específica, constructiva y oportuna, y se centra en identificar las fortalezas y áreas de mejora de los estudiantes para ayudarles a desarrollar estrategias para mejorar su aprendizaje (Shute, 2008). La retroalimentación no debe confundirse con la simple asignación de calificaciones o la evaluación cuantitativa del rendimiento de los estudiantes. Tampoco debe ser punitiva, vaga o centrarse únicamente en aspectos negativos del trabajo del estudiante. La retroalimentación inefectiva puede ser desmotivadora y tener un impacto negativo en la autoestima y el rendimiento académico de los estudiantes (Hattie & Timperley, 2007). A continuación, te presentamos algunos ejemplos de r

Acuerdos entre el gobierno nacional y FECODE 16 de mayo de 2014

Se levanta el paro de docentes, luego de los acuerdos establecidos entre el gobierno nacional (Colombia) y FECODE.

Acuerdos:

1. Sobre el proceso transitorio de ascenso y reubicación de nivel salarial en el escalafón mientras se consensúa el estatuto único de la profesión docente. A partir de 2015 el gobierno nacional y FECODE se comprometen a cambiar el modelo de ascenso y reubicación de nivel salarial de los docentes regidos por el decreto 1278 de 2002, mientras se consensúa el estatuto único de la profesión docente y se adelanta su trámite legislativo. La evaluación de competencias establecida como requisito legal y reglamentario para el ascenso y la reubicación salarial por los decretos 1278 de 2002 y 2715 de 2009 se aplicará por última vez en el año 2014.
Para los procesos de ascenso y reubicación en el nivel salarial en el escalafón de los docentes del estatuto 1278 de 2002 que se surtan a partir del 2015, las partes acuerdan:

Establecer un nuevo modelo o sistema de asenso y reubicación en el nivel salarial que contribuya al mejoramiento de la calidad de la educación y la dignificación del maestro. Este nuevo modelo será el resultado de los acuerdos a que llegue la comisión creada para tal fin, la cual sesionará dentro de los meses posteriores a la firma del presente acuerdo, dicha comisión estará conformada para este propósito por tres delegados del ministerio de educación nacional y tres delegados de FECODE. Los criterios que definirán este modelo serán: títulos, experiencia y producción académica entre otros consensuados. Para esto se adelantarán dos trámites simultáneos en correspondencia con lo acordado en la comisión:
a. El gobierno nacional presentará en el segundo semestre de 2014, para su trámite legislativo, un proyecto de ley que cambien el actual sistema para el ascenso y reubicación de nivel salarial en el escalafón docente del decreto ley 1278 de 2002 atendiendo a lo acordado en la comisión de trabajo para tal fin.
b. Derogar el decreto 2715 de 2009 de tal manera que se cambie el sistema establecido para el ascenso y la reubicación de nivel salarial de acuerdo con las modificaciones del decreto ley 1278 de 2002 mediante la expedición de un nuevo decreto reglamentario que tenga en cuenta los criterios definidos en la comisión nombrada para tal fin.

2. Sobre la prestación de los servicios de salud y las prestaciones sociales de los docentes. El gobierno nacional continuará garantizando los recursos para el pago de las obligaciones contractuales. Para ello realizará todas las acciones administrativas, financieras y jurídicas necesarias para que tanto la fiduprevisora como los prestadores de servicio de salud cumplan con las obligaciones contractuales de conformidad con el acta suscrita entre el ministerio de hacienda y crédito público y FECODE, la cual se anexa al presente acuerdo. De igual forma se acuerda acelerar la modificación del manual de multas y sanciones que garanticen la celeridad en los procesos sancionatorios.

3. Sobre el inicio del proceso de nivelación salarial. El gobierno nacional con los recursos provenientes del sistema General de participaciones para educación garantizará la constitución de una bolsa para iniciar la nivelación salarial de los docentes y directivos docentes por 75 mil millones de pesos efectivos a partir del primero de junio de 2014 y de 137 mil millones efectivos a partir del primero de enero de 2015. Estos recursos son diferentes a los que se destinen del sistema general de participaciones para el incremento salarial de ley que se establezca para 2015. El gobierno nacional incluirá en el marco fiscal de mediano plazo, de acuerdo con la normatividad vigente y los trámites legislativos que se requieran, las partidas presupuestales que garanticen los recursos y, en concordancia con la leyes anuales de presupuesto en el próximo cuatrienio, el proceso de nivelación pendiente para los docentes colombianos que en correspondencia con los estudios existentes al respecto. Igualmente los recursos suficientes para atender en forma eficiente el servicio educativo en los conceptos de prestación del servicio, alimentación escolar, calidad, gratuidad, infraestructura, conectividad, transporte, formación docente, canasta educativa, entre otros.

4. El gobierno nacional garantiza en observancia del derecho fundamental de asociación, autonomía y liberta sindical, que no habrá represarías contra el magisterio colombiano.

Declaración de la ministra de Educación, María Fernanda Campo Saavedra. Leer aquí

Comunicado de prensa:



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