Calendario escolar 2027: qué dice la Circular 052 y cómo revisar el de tu secretaría

Escritorio de un docente con un cuaderno de planeación abierto, libros y lápices de colores, listo para organizar el año escolar 2027.

Mañana, sábado 31 de octubre, vence el plazo para que las secretarías de educación expidan el calendario escolar 2027 de los colegios oficiales de calendario A. El Ministerio de Educación Nacional lo recordó el 27 de octubre, y las reglas están en la Circular 052 del 9 de octubre de 2026, que dice qué debe traer cada resolución, quién puede cambiarla y qué pasa cuando una emergencia interrumpe las clases.

Recordemos que cada secretaría define sus fechas dentro de esas reglas. Hoy vamos a ver qué dice la circular, cómo quedó el calendario de Bogotá, que ya salió, y cómo revisar en pocos minutos la resolución de nuestra secretaría apenas se publique.

¿Qué dice la Circular 052 de 2026?

La circular la firma el Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media y va dirigida a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación de las entidades territoriales certificadas. Estos son sus puntos principales:

  • Plazos: el calendario A se expide antes del 1 de noviembre de cada año y el calendario B antes del 1 de julio.
  • Para docentes y directivos docentes: 40 semanas de trabajo académico con estudiantes, en dos semestres; 5 semanas de desarrollo institucional, distintas de las lectivas, y una de ellas debe coincidir con el receso estudiantil de octubre; y 7 semanas de vacaciones.
  • Para estudiantes: 40 semanas de trabajo académico y 12 semanas de receso, una de ellas en octubre. Los establecimientos con internado para estudiantes rurales pueden quedar exceptuados de esa semana.
  • Semanas completas: cada semana va de lunes a domingo. Las semanas lectivas, las de desarrollo institucional, las vacaciones y el receso no se pueden fijar en días sueltos de semanas distintas.
  • Continuidad: el calendario nuevo debe empezar justo donde termina el anterior, porque el año académico tiene 52 semanas.
  • Solo calendario: la resolución no puede incluir temas ajenos al calendario académico.
  • Sin aval del Ministerio: el MEN no aprueba el calendario inicial; la secretaría lo expide, lo publica y se lo envía a la Subdirección de Fomento de Competencias.

¿Quién puede cambiar el calendario después de expedido?

Este es un punto que conviene tener claro. La circular es clara: la competencia para modificar el calendario es del Gobierno Nacional, y ni las autoridades territoriales, ni los directivos docentes, ni los órganos del gobierno escolar pueden mover la distribución de días del calendario y la jornada, ni autorizar reposición de clases por ceses de actividades.

Cuando la secretaría necesita un ajuste, lo pide a la Subdirección de Fomento de Competencias del MEN con una solicitud motivada y la propuesta de acto administrativo. El Ministerio tiene cinco días hábiles para dar su concepto; si encuentra inconsistencias, la secretaría tiene dos días hábiles para corregirlas, y el Ministerio, tres días hábiles más para revisar. La modificación solo se expide con concepto favorable.

¿Y si hay una emergencia?

La circular contempla emergencias climáticas, fenómenos naturales, situaciones de orden público y desplazamientos forzados, en el marco de la Resolución 006519 de 2025 sobre gestión del riesgo escolar. Así:

  • Si las clases se interrumpen hasta una semana, no hay que modificar el calendario. La secretaría expide los actos que informan a la comunidad y las estrategias pedagógicas adoptadas, y avisa al MEN dentro de los tres días hábiles siguientes.
  • Si la interrupción supera una semana y hay declaratoria de emergencia, la secretaría puede modificar el calendario sin autorización previa, y remite el acto al MEN dentro de los tres días hábiles siguientes.

¿Cómo quedó el calendario escolar 2027 de Bogotá?

La Secretaría de Educación del Distrito expidió la Resolución 1230 del 27 de octubre de 2026. Nos sirve como ejemplo real de cómo se ve un calendario con esa estructura:

  • Semanas lectivas: del 25 de enero al 20 de junio de 2027 (20 semanas) y del 5 de julio al 28 de noviembre de 2027 (20 semanas).
  • Desarrollo institucional: del 11 al 17 de enero, del 18 al 24 de enero, del 22 al 28 de marzo, del 11 al 17 de octubre y del 29 de noviembre al 5 de diciembre de 2027.
  • Vacaciones de docentes y directivos: del 21 de junio al 4 de julio de 2027 (2 semanas) y del 6 de diciembre de 2027 al 10 de enero de 2028 (5 semanas).
  • Receso estudiantil: 11 al 24 de enero, 22 al 28 de marzo, 21 de junio al 4 de julio, 11 al 17 de octubre, y 29 de noviembre de 2027 al 10 de enero de 2028 (12 semanas en total).

Si sumamos, las cuentas cierran: para los docentes, 40 semanas lectivas, más 5 de desarrollo institucional, más 7 de vacaciones, dan 52; para los estudiantes, 40 lectivas más 12 de receso, también 52. Además, la semana de desarrollo institucional de octubre coincide con el receso de los estudiantes, como pide la norma.

Cada secretaría decide cuántas semanas de desarrollo institucional pone en enero, según la fecha en que empiecen las clases.

¿Cómo revisar la resolución de tu secretaría?

Cada secretaría publica su resolución en su página web. Cuando salga la tuya, estas preguntas permiten revisarla en pocos minutos:

  1. ¿Suman 40 las semanas lectivas, repartidas en dos semestres?
  2. ¿Hay 5 semanas de desarrollo institucional, distintas de las lectivas, y una de ellas coincide con el receso de octubre?
  3. ¿Suman 7 las semanas de vacaciones de docentes y directivos, y 12 las de receso estudiantil?
  4. ¿Todas las semanas van de lunes a domingo, sin días sueltos?
  5. ¿La primera semana de 2027 empieza justo después de que termina el calendario de 2026?
  6. ¿La resolución trata solo del calendario, o incluye otros temas?

Si algo no cuadra, vale la pena consultarlo con la secretaría, que es la que puede pedir el ajuste ante el Ministerio. Con las fechas claras, ya podemos ir pensando en qué hacer en cada semana de desarrollo institucional: la resolución de Bogotá, por ejemplo, incluye entre esas actividades la revisión del PEI, del plan de estudios y la evaluación institucional anual.

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Pensemos en esto

¿Cómo aprovechan en tu institución las semanas de desarrollo institucional? ¿Ya salió el calendario escolar 2027 de tu secretaría? Cuéntanos en los comentarios y ayúdanos a mejorar.

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